Más Información

Desaparecen 3 estudiantes en Acapulco; tras bloqueo de familiares, autoridades se comprometen a realizar búsqueda

Él es "El Panu", operador y jefe de sicarios de "Los Chapitos" que estuvo presente en el Culiacanazo; fue asesinado en Zona Rosa

Trump dice que EU lanzó "numerosos" ataques contra ISIS en Nigeria; advertí que "se desataría un infierno y lo hubo"
nacion@eluniversal.com.mx
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si la omisión de establecer criterios para fijar el salario del Presidente de la República es motivo suficiente para invalidar la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.
Este lunes, los ministros continuarán con el estudio de la ley que prohíbe a los servidores públicos ganar más que el Jefe del Ejecutivo Federal.
Esto, luego de que ministros indicaron que las violaciones al procedimiento legislativo en que incurrió el Congreso de la Unión no son razones suficientes para declararla inconstitucional.
Los funcionarios analizarán la propuesta de Alberto Pérez Dayán, quien considera que el hecho de que los legisladores no establecieran parámetros objetivos para fijar el salario del Presidente, es de tal magnitud que puede impactar en todo el ordenamiento y afectar a todo el servicio público.
Indica que las reglas de metodología, procedimientos, parámetros y elementos para fijar el sueldo del Ejecutivo federal, sirven para evitar corrupción en todos los ámbitos del servicio público.
“La deficiencia legislativa de que se trata afecta de modo transversal la legislación en su conjunto, pues al ser la remuneración del Presidente de la República el referente máximo para el resto de salarios, la falta de regulación objetiva y especifíca que en su determinación impacta a todo el ordenamiento”.
Un bloque de ministros entre los que se encuentra el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, se han manifestado en contra del proyecto de Pérez Dayán.
Zaldívar aseguró que no comparte la propuesta en su totalidad e incluso votó por desechar las acciones de inconstitucionalidad debido a que el 12 de abril de 2019 la ley fue reformada en 15 de sus 17 artículos.
Consideró que esta modificación convertía a la norma en una nueva a la que impugnaron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de la oposición.
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]









