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La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) debe dar a conocer la lista de atletas y entrenadores que hayan recibido recursos de la Comisión y tengan adeudos o comprobaciones pendientes, resolvió el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
“Contar con información clara y completa sobre el manejo y ejercicio de los recursos, no solo en la esfera deportiva, es el reconocimiento de una relación corresponsable entre las autoridades que asignan fondos para ciertas actividades y los beneficiarios”, señaló la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas.
Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Del Río Venegas aseguró que la Conade está obligada, por ley, a hacer públicos los recursos que destina para fortalecer el deporte de alto rendimiento en el país, a través de los convenios con las distintas federaciones deportivas; razón por la que debe contar con los comprobantes requeridos para respaldar cada erogación.
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En su exposición, la Comisionada del INAI destacó que el deporte y la actividad física fueron delineadas ampliamente en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, como parte de una política de salud integral, que incluyó el impulso a las ligas deportivas, el fortalecimiento del programa de educación física en las escuelas de educación básica y el apoyo al deporte de alto rendimiento, entre otras medidas.
En ese contexto, comentó que “la necesidad de transparentar la entrega de estímulos a deportistas de alto rendimiento fue un tema considerado a profundidad en el Programa Nacional de Cultura Física y Deporte 2019-2024, donde se acusa que la falta de claridad en el manejo de los recursos provocó la deserción de deportistas, lo que impactará en el progreso del deporte nacional para el cierre de esta administración”.
En el caso concreto, una persona solicitó a la Conade, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), la lista de atletas y entrenadores que hayan recibido recursos de la Comisión y tengan adeudos o comprobaciones pendientes.
En su respuesta, la Conade manifestó que entregó la información en consulta directa y no en formato electrónico como lo pidió la persona solicitante, debido a que el procesamiento de información sobrepasa sus capacidades técnicas.
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Inconforme con la entrega de información en una modalidad distinta a la que solicitó, la persona recurrente presentó un recurso de revisión ante el INAI.
En el análisis, realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Del Río Venegas, se advirtió que no existe justificación que acredite la imposibilidad de entrega de la información a través del portal, por lo que el agravio de la persona recurrente resultó fundado.
Una vez analizados los argumentos vertidos en alegatos, también se observó que la Conade no hizo una búsqueda de información en las unidades administrativas competentes ni empleó un criterio amplio y exhaustivo.
Del Río Venegas resaltó la relevancia del tema debido a que, en los últimos meses, la Conade ha enfrentado una ola de críticas por parte de los atletas, precisamente de alto rendimiento, que denunciaron la falta de apoyos para competir en el extranjero, a pesar de los buenos resultados obtenidos.
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Como ejemplo de ello, mencionó el caso del equipo de natación artística, que ganó el oro en la prueba técnica en el Mundial en Egipto, en junio de este año; así como el de la raquetbolista Paola Longoria, a quien le suspendieron la beca por tres años, luego de que se asegurara que tenía un adeudo por 1.6 millones de pesos que no fueron debidamente comprobados, y ganó la demanda contra la Conade.
Y añadió que “en el Informe de Resultados de la Cuenta Pública 2020, de la Auditoría Superior de la Federación, se detectó un deficiente control de los funcionarios de la Conade en la ejecución y comprobación de bienes y servicios contratados, así como en el resguardo de la documentación comprobatoria. Los resultados de la auditoría forense practicada mostraron que la dependencia no acreditó la prestación de servicios correspondientes a los contratos y convenios celebrados con diversos proveedores, debido a que no presentó los entregables que acrediten la ejecución de los servicios contratados”.
El Pleno del INAI revocó la respuesta de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte y le instruyó realizar una búsqueda exhaustiva de la información en todas las áreas competentes, donde no podrá omitirse la Subdirección de Calidad para el Deporte, la Dirección de Operación Fiduciaria y Mercadotecnia, la Dirección de Alto Rendimiento, la Subdirección de Administración y la Dirección de Finanzas; debiendo proporcionar, en su caso, la información localizada.
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