Más Información

Trump insiste que no necesita permiso del Congreso para atacar a cárteles en Venezuela; “no es para tanto"

Rastro de jets vinculados al narcotráfico lleva a un vendedor en California… y a un punto ciego de la regulación aérea en Estados Unidos

Secretaría Anticorrupción sanciona a dos empresas por buscar contratos con información falsa; imponen multa de miles de pesos
Por la muerte de dos personas menores de edad en Badiraguato, Sinaloa, por parte de elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación por violaciones graves a los derechos humanos, en la que pide a esa institución castrense ofrecer una disculpa institucional.
En un comunicado, el organismo que dirige Rosario Piedra, señaló que el 13 de mayo de 2025, la CNDH recibió la queja iniciada por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) la cual indicó que el día 6 de ese mes y año, la camioneta en que viajaba una familia fue agredida por elementos de la Defensa asignados a la seguridad del personal de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.
En esos hechos perdieron la vida las dos personas menores de edad, lesionando a otros dos infantes y a dos adultos por el uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, atribuibles a personal de esa dependencia, en el poblado de La Cieneguilla.
Lee también Raúl Rocha se negó a ir a la FEMDO y quiso audiencias vía zoom; enfrenta nuevamente orden de aprehensión
¿Qué ocurrió con los menores de edad en Sinaloa?
Según lo ocurrido, los militares, adscritos al 42 Batallón de Infantería, Guamúchil, rodearon una camioneta y apuntando sus armas hacia los ocupantes, les ordenaron descender; ante lo cual dos de ellos indicaron que no portaban armas y que únicamente transportaban a niñas y adolescentes.
La investigación de la Comisión Nacional acreditó violaciones graves a los derechos humanos por el uso ilegítimo de la fuerza con armas de fuego, que derivó en la vulneración al derecho a la vida de las dos víctimas que perdieron la vida; a la integridad personal y seguridad jurídica de cuatro personas más, así como al interés superior de la niñez y al derecho a la familia, al acreditarse que militares utilizaron de manera desproporcionada la fuerza al interceptar el vehículo en que se desplazaban.
Al accionar sus armas de fuego, los militares no privilegiaron la adopción de medidas para garantizar o salvaguardar la vida y la integridad de quienes viajaban en la camioneta, aun cuando manifestaron que la agresión derivó de que escucharon disparos, pero no se cercioraron de que estos provinieran de sus ocupantes.
También se advirtió que el personal castrense, presente en el lugar de los hechos, no ejecutó maniobras menos letales de primera instancia en contra de los ocupantes de la camioneta y que el uso de las armas de fuego en su contra haya sido estrictamente inevitable, como lo señala la legislación aplicable.
“Si bien es cierto que no se puede determinar la existencia de intencionalidad directa por parte de los elementos de la Defensa involucrados para causar daño, sí se genera una suma de indicios que los convierten en directamente responsables de los hechos frente a la obligación máxima que tenían, como agentes del Estado, para proteger la vida e integridad de las víctimas”, precisó el organismo.
Por ello, solicitó al titular de la Defensa a efectuar los trámites necesarios ante la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para proceder a la inmediata reparación integral del daño ocasionado, que incluya la medida de compensación y/o compensación complementaria correspondiente y gestionar que se les brinde la atención médica, psicológica y/o tanatológica que requieran.
Además, colaborar en el trámite de las denuncias que la CNDH inicie ante el Órgano Interno de Control competente sobre la responsabilidad administrativa de las personas servidoras públicas de la Defensa que participaron en los hechos y dar seguimiento a las investigaciones iniciadas, tanto en la Fiscalía General de la República (FGR) como en el fuero militar.
También deberá impartir un curso de capacitación especializado en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, particularmente dirigido a quienes al momento de los hechos integraban la Base de Operaciones “Bravo 5”, quienes desempeñan actividades de seguridad en varios municipios de Sinaloa; además de emitir una circular con el contenido de dicho curso.
mahc/apr
Noticias según tus intereses
[Publicidad]
[Publicidad]










