Las comisiones unidas de Hacienda, Estudios Legislativos y Justicia del Senado aprobaron con el voto de Morena y sus aliados el dictamen de la reforma presidencia en materia de amparo, la cual fue modificada para precisar el concepto de interés legítimo, a fin de reconocer que puede ser de carácter individual o colectivo, y que no necesariamente requiere que la lesión sea “actual” ni que el beneficio derivado del amparo sea “directo”.
De acuerdo con el dictamen aprobado con 32 votos a favor y 12 en contra que fue turnado al Pleno para su discusión y aprobación en la sesión ordinaria de este miércoles, se reforman la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
El presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, expuso que un cambio importante consistió en la modificación del artículo 5to de la iniciativa relativa al interés legítimo.
“Precisar que la lesión jurídica resentida puede ser individual o colectiva, toda vez que varias voces advirtieron, voces expertas advirtieron que la redacción parecía sólo individualizar la lesión”, dijo el senador por Morena.
“Se estima también conveniente eliminar el requisito de que el beneficio obtenido con la sentencia sea directo, para que quede claro que este beneficio puede derivar de la pertenencia a un colectivo, sin necesariamente requerir de una particularización respecto de la persona promovente”, argumentó.
Destacó que también se modificó la iniciativa en materia de cumplimiento de las ejecutorias de amparo, recobrando los términos originales de la ley vigente, “pues consideramos relevante mantener la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones de las y los órganos jurisdiccionales”.
Por su parte, la senadora por Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales, expresó el voto en contra de lo que llamó “la nueva ley de desamparo” y expuso que esta reforma busca es alejar al ciudadano de la defensa y protección que venía implicando la figura de amparo.
“Se trata de reducir los mecanismos de defensa ciudadana ante los abusos de autoridad y en contrapartida con esta reforma se fortalece el actuar abusivo y arbitrario de muchas autoridades dentro del poder público”, apuntó.
El dictamen en materia fiscal, se definieron con mayor claridad los medios de garantía para obtener la suspensión en juicios de amparo contra actos de cobro de créditos fiscales firmes.
Se incluye que únicamente podrán constituirse mediante billete de depósito emitido por institución autorizada o carta de crédito expedida por instituciones de crédito autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y registradas ante el SAT.
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