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Académicos presentaron un amicus curiae, con el objeto de proporcionarle a la Suprema Corte de Justicia de la Nación elementos para el análisis constitucional de las reformas en materia político electoral, a fin de que declare su invalidez.
Los firmantes fueron Alejandro Trelles, de Brandeis University, Eric Magar del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM); Micah Altman de Massachusetts Institute of Technology y Michael Mcdonald de University of Florida.
“Quienes suscribimos este pronunciamiento encontramos en las recientes reformas electorales una seria amenaza a la celebración de elecciones limpias y justas, que son la base del procedimiento político elemental de cualquier sociedad libre, plural y democrática”, advirtieron.
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El documento señala que los cambios en la estructura administrativa y presupuestal contemplados en dichas reformas podrían vulnerar la capacidad del Instituto Nacional Electoral de desarrollar exitosamente estos procesos.
Exponen que es fundamental que la autoridad electoral mantenga una independencia administrativa, presupuestal, y profesional, libre de cualquier interés político, legislativo, o partidista.
“Cuando los organismos electorales no cuentan con independencia plena en estos ámbitos, los procesos de delimitación electoral son susceptibles a los altos niveles de politización y de sesgo a favor de intereses partidistas”, apuntaron.
Entre los puntos a considerar para mantener la autonomía de la autoridad electoral es que cuente con recursos presupuestales suficientes, permanentes y libres de manipulación por parte de los actores políticos o representantes de los Poderes Ejecutivo y Legislativo, con el fin de contar con un personal técnico especializado, permanente y capaz de manejar niveles complejos de información, servir como enlace con otras instituciones, canalizar información pública, operar sistemas internos y mantener un registro institucional.
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En segundo lugar, debe tener independencia de cualquier influencia, manipulación o veto legislativo en relación a la cartografía electoral que ha sido avalada por el órgano electoral.
Otro punto es la transparencia práctica, a disposición del público, de manera oportuna y a través de un medio accesible, a fin de que los ciudadanos mexicanos dispongan de la información relevante al proceso de redistritación.
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tjm/rmlgv
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