En la tarde de este 1 de agosto, se conoció la condena en primera instancia contra el expresidente, a quien se le dictó 12 años de privación de la libertad en detención domiciliaria.

En medio de la lectura del documento de mil 114 páginas, se vivió un momento de tensión entre la jueza Liliana Heredia y el expresidente Álvaro Uribe Vélez.

Mientras que Heredia hacía referencia a la filtración de los documentos, la jueza aseguró: "Tengo entendido que, alguno de los hijos del señor procesado, que no tuvieron la gallardía de venirlo a acompañar, pero sí hizo publicación en contra de la suscrita en los medios de comunicación".

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De inmediato, Álvaro Uribe Vélez abre el micrófono y dice: "Señora, juez. Protésto enérgicamente por este tratamiento a mis hijos, usted me ha tratado a mí de la peor manera y se lo he respetado, pero no le acepto que se meta con mi familia".

La jueza Sandra Liliana Heredia añade: "Yo no me estoy metiendo con su familia y nunca lo haré, siempre lo he respetado como persona y también lo he respetado por los honores de dirigir nuestra patria, pero simplemente dejando la constancia de lo que sucedió en horas de la mañana".

Lo anterior, haciendo referencia al documento de la sentencia que se había filtrado antes de la lectura oficial. Mientras que la jueza intentaba explicar, el expresidente continuaba hablando y allí ella pronuncia la frase: "¿Se puede callar, señor Uribe? Y si usted quiere, con mucho gusto le doy el uso de la palabra". En el fondo se escucha al expresidente Álvaro Uribe Vélez decir: "por eso no me callo".

Cabe resaltar que la jueza Sandra Liliana Heredia consideró responsable al expresidente de los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.

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La condena, que es mayor a los nueve años que pedía la Fiscalía, no quedará ejecutada de manera inmediata porque la defensa del exmandatario anticipó que la apelará. El caso pasará, entonces, al Tribunal Superior de .

"Condenar a Álvaro Uribe Vélez a las penas principales de 144 meses o lo que es lo mismo, 12 años de prisión, multa equivalente a 2.420 salarios mínimos, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, como sanción principal, de 100 meses y 20 días, como determinador penalmente responsable del delito de en actuación penal en concurso homogéneo en concurso heterogéneo con fraude procesal en concurso homogéneo como se expuso en la parte motiva de la sentencia, cometidos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que da cuenta el paginario", dice el fallo.

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