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Un juez del Tribunal Superior de Justicia adscrito al Reclusorio Norte, determinó el sobreseimiento de los delitos contra la salud, portación de armas del uso exclusivo del ejército y explosivos, en contra de los 5 sujetos detenidos en la financiera Black WallStreet Capital, por lo que dejarán este penal.
Al resolver de la misma forma que su homólogo federal el pasado miércoles, los datos de prueba aportados por las autoridades capitalinas durante el cateo del 15 de marzo pasado, quedaron desestimados.
La determinación de ponerlos en libertad deberá realizarse de manera inmediata, por lo que hasta el momento no hay otra causa penal que imposibilite su salida.
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En audiencia desarrollada este día pasadas las 15:00 horas en las salas orales del Reclusorio Norte, los abogados de los sujetos buscaron que se acatara en lo local lo dictado por el juez de control el pasado miércoles.
Al respecto, esta noche el vocero de la fiscalía, Ulises Lara presentó el esquema de operaciones financieras ilícitas, en donde uno de los accionistas principales, el peruano Juan Carlos Reynoso.
Además, Black WallStreet Capital mantenía operaciones ilícitas con otra financiera ligada a Liliana María N, esposa de Eduardo Fernando N, operador financiero del Cártel de Cali.
Operaciones de Black WallStreet
Black WallStreet Capital tuvo depósitos por más de 50 millones de pesos y retiros por casi la misma cantidad.
De julio 2021 a enero 2022, tuvo depósitos por cerca de mil 750 millones de pesos y retiros de poco más de mil 700 millones, con otra cuenta en la que recibió más de 14 millones de dólares y tuvo retiros por cerca de 100 millones de dólares, cerca de 330 mil euros y al menos mil libras esterlinas.
De enero a junio de 2021, recibió transferencias internacionales por casi doce millones de dólares, principalmente de China.
De noviembre 2020 a marzo 2021 recibió cerca de millón y medio de pesos y envió casi la misma cantidad.
Dicha empresa posiblemente opera con empresas de las llamadas “factureras”, incluidas en los listados del SAT que el Artículo 69B del Código Fiscal de la Federación señala como contribuyentes que han emitido comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirecta, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparen tales comprobantes, es decir, operaciones inexistentes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentran no localizables.
De 2018 a 2022 envió cerca de medio millón de dólares canadienses, casi 1.7 millones de euros, más 470 mil libras esterlinas, cerca de 58 mil francos suizos, casi 130 millones de dólares y recibió poco más de nueve millones de dólares americanos.
Asimismo, de 2015 a 2021 presentó declaraciones anuales de impuestos federales en las cuales declaró ingresos acumulables de casi 84 millones de pesos, con deducciones autorizadas de casi dos millones de pesos más; observándose la deducción total de sus ingresos y causando pérdidas.
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