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Atizapán de Zaragoza, Méx. — A pesar de la entrada en vigor de las reformas al Reglamento de Tránsito del Estado de México, hace una semana, motociclistas continúan circulando sin casco de seguridad en vialidades de este municipio.
En especial, son jóvenes de entre 18 a 25 años de edad quienes transitan en este tipo de unidades sin las medidas establecidas por las autoridades estatales. Hay quienes también continúan circulando con acompañantes sin casco o en algunos casos el acompañante con casco, pero el conductor no.
En distintos puntos de Atizapán de Zaragoza no se observa presencia de autoridades encargadas de supervisar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.
El pasado 25 de noviembre cuando entraron en vigor las reformas al Reglamento de Tránsito del Estado de México, donde se establece la obligación de portar cascos certificados conforme a normas nacionales e internacionales de seguridad, así como la prohibición de maniobras temerarias.
El objetivo de las nuevas medidas es reforzar la seguridad de motociclistas y sus acompañantes, atendiendo al incremento de siniestros viales en estos vehículos que son registrados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), que reporta un aumento de 39.6% entre 2019 y 2023.
Por no usar casco y anteojos protectores, tanto la persona conductora o sus acompañantes, quedó establecido que se sancionará de tres a cinco Unidades de Medida y Actualización (UMAS), es decir, 339.42 pesos a 565.70 pesos.
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Esta misma sanción aplica para aquellos que rebasen un vehículo de motor utilizando su mismo carril o no hacerlo por el lado izquierdo; por llevar carga que dificulte su visibilidad equilibrio o adecuada operación o constituya un peligro para sí u otros usuarios de la vía pública, o por no usar los aditamentos correctos para este fin. Así como por viajar más personas de las autorizadas en la Tarjeta de Circulación
En tanto, se aplicará una sanción de 16 a 20 UMAS, es decir, entre mil 810 a 2 mil 262 pesos, a quienes transporten niñas, niños o adolescentes, que no puedan sujetarse por sí mismos, sentarse correctamente o apoyar firmemente los pies en los posapiés.
Así como por transportar a un pasajero entre la persona conductora y el manubrio; estacionarse en las aceras, camellones, andadores y otras vías reservadas a los peatones. Esta misma sanción aplica a aquellos que conduzcan motos por la vía pública con una cantidad de alcohol mayor a la permitida, o bajo el influjo de enervantes, estupefacientes o sustancias sicotrópicas o tóxicas.
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