Más Información

Festival Ceremonia; imagen muestra estructura metálica inestable antes de caer y matar a dos personas en Parque Bicentenario

Tragedia del Festival Ceremonia Axe causa indignación en redes sociales; "¿dónde queda la empatía y la responsabilidad?", expresan
La constancia de inexistencia de registro de nacimiento o matrimonio es un documento que acredita que no fuiste registrado o te has casado por el Registro Civil.
¿Quién puede tramitarlas?
Este trámite puede ser realizado por personas físicas que requieran comprobar actos o hechos relacionados con el estado civil, o la inexistencia de los mismos en la Ciudad de México.
¿Cuáles son los requisitos?
Cada una de las constancias tiene diferentes requisitos. En el caso de la constancia por inexistencia de registro de nacimiento se deben presentar:
- Nombre completo del solicitante
- Nombre completo y fecha de nacimiento de ambos padres
- Pago de derechos por la expedición de constancia
Para la constancia de inexistencia de registro de matrimonio, los datos requeridos son:
- Copia simple del acta de nacimiento del solicitante
- Para el caso de extranjeros: Presentar acta de nacimiento apostillada en idioma español o traducida por un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, Además original de los documentos que acrediten su legal estancia en el país (pasaporte, forma migratoria y/o constancia de residencia vigente)
- Pago de derechos por la expedición de Constancia
¿Cómo y dónde puedo hacer el trámite?
Para ambos tramites, la solicitud debe realizarse de manera presencial siguiendo estos pasos:
- El interesado debe solicitar la constancia en Caja-Ventanilla de alguno de los Juzgados del Registro Civil
- Realiza el pago correspondiente a la constancia
- El servidor público le informará el día que debe acudir a la entrega de su constancia
- El día señalado acude a recoger la constancia y firma de recibido
El tiempo de espera para ambos tramites es de tres días hábiles.
¿Cuál es el costos?
Ambos trámites tienen un costo de 90 pesos, mismos que pueden ser pagados en una sucursal bancaria o una oficina tributaria.
afcl/bmc