Como parte de una serie de modificaciones al Reglamento de Tránsito para regular el transporte de materiales peligrosos en la CDMX, se prevé restringir los horarios en los que este tipo de vehículos podrán circular en la capital, detalló Pablo Vázquez Camacho, secretario de Seguridad Ciudadana (SSC).
Indicó que los transportes que tengan capacidad menor a 10 mil litros podrán circular en todas las vías de 10:00 de la mañana a 18:00 horas; mientras que los que tengan capacidad de 10 mil a 20 mil litros, podrán circular en vías primarias solamente entre las 10:00 a 18:00 horas.
Y, en el caso de los vehículos con capacidad mayor a 20 mil y hasta 40 mil litros, en vías primarias, solamente podrán circular entre las 22:00 horas y las 05:00 de la mañana.
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En el caso de los vehículos con capacidad mayor a 40 mil litros, no se les permitirá circular en la CDMX.
Asimismo, se pondrá un límite de velocidad para todos los transportes de materiales tóxicos o peligrosos, de máximo 30 kilómetros por hora, independientemente del límite de velocidad de la vía en la que se encuentren.
El secretario señaló que las modificaciones al Reglamento de Tránsito será en cuatro dimensiones principales: rutas, horarios, límites de velocidad y vialidades permitidas.
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