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Toluca, Méx.— El presidente del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), Pedro Zamudio, informó que hasta el momento 20 candidatos independientes a presidentes municipales, de 19 municipios, podrían quedar registrados en la boleta para las elecciones del 1 de julio.
Además, todavía está pendiente por conocer si alcanzarán los requisitos los dos aspirantes a diputados a quienes el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Sala Toluca les amplió a seis días más para entregar las firmas de apoyo, puesto que su registro de intención fue extemporáneo. Explicó que en el caso de las alcaldías, hasta hace un semana eran sólo 18 los candidatos que habían logrado la aprobación del Instituto Nacional Electoral (INE), pero ahora se suman a la lista Ricardo Meza Cervantes, en Apaxco, y María de Jesús Picazo Álvarez, para Nicolás Romero.
Aclaró que todos los aspirantes a contender por esta vía, tanto para alcaldías como para legisladores, debieron recabar las firmas, que tuvieron que ser validadas por el INE y cumplir con los términos que la ley estipula, por ejemplo, la presentación de su plataforma.
“También deberán comenzar sus campañas el próximo 24 de mayo. Hay que esperar para ver si cumplen con el periodo que les permite la Sala Regional, porque, por ejemplo, el resto de los interesados en competir para las diputaciones por la vía independiente no lo lograron”, indicó.
Los interesados en registrarse por la vía independiente debieron entregar los siguientes documentos, para diputado por el principio de Mayoría Relativa a la Legislatura del Estado de México, con base en el artículo 40 de la Constitución Local: ser ciudadano mexiquense con residencia efectiva en su territorio no menor a un año o, vecino del mismo, en un plazo no menor a tres años, anteriores al día de la elección.
No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional que merezca pena corporal, tener 21 años cumplidos el día de la elección, no ser ministro de algún culto religioso, a menos de que se separe formal, material y definitivamente de su ministerio cuando menos cinco años antes del día de la elección.
No ser consejero presidente o consejero electoral, en los consejos distritales o municipales del Instituto Electoral del Estado de México, salvo que se hubiera separado del cargo dos años antes del día de la elección, tampoco ser diputado local, federal o senador en ejercicio; juez, magistrado ni integrante del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial, servidor público federal, estatal o municipal.
El interesado no puede militar o ser jefe de las fuerzas de seguridad pública mexiquenses o de los municipios en ejercicio de mando en el territorio del distrito o circunscripción por el que se pretenda postularse. Para miembros de los ayuntamientos deben comprobar que son “de reconocida probidad y buena fama pública”, entre otros requisitos.
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