La aprobó un acuerdo para el reparto de aguinaldos, prima vacacional, gratificaciones y relevo Institucional a trabajadores y diputados con motivo del término de la II Legislatura,

De acuerdo a lo aprobado, cada una de las y los 66 diputados recibirán una gratificación extraordinaria de 40 días de dieta (70 mil pesos), la cual les será pagada el 9 de agosto.

Este pago es independiente a la prima mensual neta que reciben por 52 mil 426 pesos, la cual seguirán cobrando hasta agosto. También reciben una gratificación anual de 96 mil pesos, y se los otorgará, como a todos los trabajadores, el pago proporcional del aguinaldo.

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Asimismo, se establece que los contratos por honorarios que dependen de diputados, Grupos Parlamentarios y Asociaciones Parlamentarias, Módulos Legislativos de Atención y Quejas Ciudadanas, Comisiones, y Comités, concluyen el 30 de junio del 2024.

Los Grupos Parlamentarios y Asociaciones Parlamentarias, previa verificación de suficiencia presupuestal, podrán disponer de la cantidad bruta mensual de 60 mil pesos para cada diputada o diputado, únicamente durante los meses de julio y agosto para la contratación de personal bajo el régimen de honorarios a su cargo para llevar a cabo el cierre.

El pago extraordinario, así como la parte proporcional de gratificación extraordinaria de fin de año, se pagará a estos trabajadores del 18 al 25 de julio.

Al personal de limpieza del Congreso se le otorgará una compensación, por única ocasión, por el término de la Il Legislatura, la cual se pagará el 14, 15 y 16 agosto, y el monto dependerá según la antigüedad que tengan laborando.

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En tanto, los fondos revolventes autorizados se otorgarán hasta el mes de julio del 2024, mismos que deberán ser reintegrados y/o comprobados ante la Tesorería del Congreso a más tardar el 9 de agosto del 2024.

Los fondos revolventes de Diputados para gastos de operación para los Módulos de Atención, Orientación y Quejas Ciudadanas, se otorgarán para cubrir gastos hasta el mes de junio, los cuales deberán ser comprobados y/o reintegrados a más tardar el 09 de julio de 2024 haciendo extensiva esta disposición para aquellas comprobaciones pendientes de meses anteriores”, señala el acuerdo.

El pago a proveedores y prestadores de servicios por la adquisición de bienes y servicios recibidos, devengados en su totalidad al 31 de julio de 2024, se realizará en el periodo del 1 al 15 de agosto del 2024, por lo que habrá de solicitar oportunamente las facturas, así como la realización del trámite administrativo correspondientes.

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