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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó al Congreso de la Ciudad de México que admitió cinco controversias constitucionales, presentadas por alcaldes de oposición, en contra de diversas disposiciones a la Ley de Establecimientos Mercantiles, publicadas el 19 de enero en la Gaceta Oficial y que fueron impulsadas por la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum.
Las controversias fueron interpuestas por los ediles de Coyoacán, Miguel Hidalgo, Benito Juárez, Magdalena Contreras y Álvaro Obregón, pues consideraron que con estas disposiciones el Gobierno capitalino se excedió en sus facultades y no respetó la división de poderes, por lo que estos cambios a la ley son inconstitucionales.
No obstante, la Corte rechazó suspender provisionalmente estos cambios a la ley que, a decir de la administración capitalina, buscan la simplificación administrativa para la apertura de establecimientos mercantiles.
La alcaldía Benito Juárez detalla en su controversia constitucional que este decreto, en específico en el artículo 4 Fracción XIII bis, el cual señala que la jefa de Gobierno ampliará la vigencia de los avisos o permisos para los establecimientos mercantiles, y el artículo 15 Fracción III Bis, que habla sobre colocación de enseres en vías secundarias, son contrarios a los artículos 16 y 122 de la Constitución.
“El decreto impugnado pretende dotar de amplias facultades a la persona titular de la Jefatura de Gobierno para ampliar la vigencia de los avisos o permisos, sin tomar en consideración que el gobierno de las alcaldías es autónomo e independiente”, apunta la demarcación.
En tanto, la Miguel Hidalgo expuso en su queja que el decreto impugnado pretende facultar a dependencias del gobierno local para el ejercicio de atribuciones conferidas constitucionalmente de forma exclusiva a la alcaldía, lo que se traduce en una “violación al principio de autonomía administrativa y de gestión”.
Magdalena Contreras coincide en los argumentos vertidos por la Miguel Hidalgo, pues; por ejemplo, la ley faculta a la Jefatura de Gobierno para determinar la modificación de las zonas autorizadas para la colocación de enseres en vía pública.
La alcaldía Coyoacán señaló que los cambios aprobados en el Congreso, en específico los artículos 4, 5 y 6, violan el principio de división de poderes y acotan las atribuciones de las demarcaciones ante los establecimientos mercantiles, ya que suprime facultades a las alcaldías en materia de la normatividad que regula los establecimientos mercantiles y las otorga a la Jefatura de Gobierno y a las secretaría de Gobierno y Desarrollo Económico.
En su controversia, la Álvaro Obregón sostiene que este decreto transgrede la Constitución local y federal, en las cuales se establece que los alcaldes son competentes dentro de sus respectivas jurisdicciones.
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