El Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) invalidó dos apartados de los lineamientos emitidos por el Instituto Electoral capitalino que le prohibían a los funcionarios capitalinos difundir la elección judicial, los cuales fueron impugnados por la jefa de Gobierno, Clara Brugada.
Por unanimidad, las y los magistrados electorales decidieron declarar inconstitucional la fracción I del Artículo 17 de los lineamientos, la cual le impedía al Gobierno capitalino difundir, en portales de internet y redes sociales, información pública de carácter institucional que hiciera referencia a alguna candidatura en particular o al proceso electoral en general.
Asimismo, se invalidó el inciso D del artículo 12 que impedía a los funcionarios públicos realizar cualquier manifestación pública que las vincule con el proceso electoral.
Se tomó esta determinación, de acuerdo al presidente del TECDMX, Armando Ambriz, porque estos apartados son contrarios al artículo 41 Fracción III, apartado C, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “ya que la autoridad responsable excedió injustificadamente el ejercicio de su facultad reglamentaria”.
A su vez, el TECDMX declaró como infundados los agravios de que estos lineamientos impedían la entrega de programas sociales durante las campañas, como señala Brugada Molina, pues lo que se prohibe no es su entrega, sino su publicidad, “de ahí que no asista la razón a la parte actora”.
IECM avala boletas de elección judicial
En tanto, el IECM informó que aprobó las versiones finales de las boletas y la documentación electoral que se utilizará para el escrutinio y cómputo de la elección judicial del próximo 1 de junio.
Los archivos definitivos de las boletas contienen los nombres de las candidaturas por cargo y materia, tal cual se entregarán a la ciudadanía el día de la jornada electoral para que elijan a las candidaturas de su preferencia.
Por cada tipo de elección se empleará una modelo de boleta, en la cual las personas candidatas serán numeradas y distribuidas por género, en orden alfabético y progresivo, distinguiendo la autoridad postulante, así como a las personas juzgadoras que actualmente se encuentren en funciones en los cargos a renovar.
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