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Los Centros Penitenciarios de la Ciudad de México estarán oficialmente a cargo de la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina (SSC), una vez que se publicó la nueva Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México en la gaceta oficial local.
Con este cambio, la SSC tendrá bajo su dirección y responsabilidad el cuerpo de vigilancia y custodia de los Centros Penitenciarios , Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social y Centros Especializados, organizado jerárquica y disciplinariamente en los términos de su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
Asimismo, la dependencia deberá publicar en su portal web oficial el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales , registrando a la persona sentenciada una vez que cause ejecutoria la sentencia; también deberá establecer los lineamientos para crear, organizar, implementar, gestionar, actualizar, monitorear y evaluar el funcionamiento del Registro Público de Agresores Sexuales y expedir los mecanismos que permitan inscribir, acceder, rectificar, cancelar y oponerse cuando resulte procedente, la información contenida en el Registro.
Además, deberá formular acciones y programas orientados a fomentar la cultura del respeto a los derechos humanos de las mujeres ; participar en la Coordinación Interinstitucional y en las acciones de prevención y erradicación de la violencia; y suscribir los convenios con instituciones públicas, privadas y académicas necesarios para el cumplimiento de su objeto.
De acuerdo con los artículos transitorios, el decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en la Gaceta y se contará con 120 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del Decreto, para realizar las adecuaciones a los reglamentos y emitir las disposiciones correspondientes; en tanto, las disposiciones actuales continúan vigentes y podrán ser aplicadas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Refiere que a partir de la entrada en vigor de este decreto, las referencias hechas a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario de la Secretaría de Gobierno o a las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de su adscripción en otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones administrativas, así como en contratos o convenios, respecto de las atribuciones que se transfieren por virtud del presente Decreto, se entenderán realizadas a la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
Misma situación ocurrirá para los órganos colegiados a los que asista la persona titular de la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México en materia de sistema penitenciario.
El documento expone que los recursos humanos, materiales, técnicos y tecnológicos, así como los bienes muebles e inmuebles asignados a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México para la Subsecretaría del Sistema Penitenciario formarán parte del patrimonio de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.
En lo relativo a bienes en posesión o servicios contratados por la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México para la Subsecretaría del Sistema Penitenciario o por esta última, obtenidos por arrendamiento, comodato o cualquier otro contrato mediante el cual se haya transmitido la posesión o propalado dichos servicios, su utilización corresponderá a la Subsecretaría, en tanto no se determine lo contrario.
La Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México coadyuvará con la Secretaría de Gobierno y la Subsecretaría de Sistema Penitenciario, a efecto de realizar las gestiones y trámites correspondientes para dar cumplimiento cabal al presente artículo, conforme a las disposiciones legales aplicables.
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