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A partir de hoy los Bicitaxis podrán regularse y circular en las calles de la Ciudad de México; sin embargo, el transporte de pasajeros en motocicletas adaptadas, carros de golf u otro medio de transporte motorizado quedaron prohibidos formalmente, informó Héctor Serrano, secretario de Movilidad de la Ciudad de México.
“Para todos aquellos que tienen bicitaxis consérvelos porque seguramente en muy poco tiempo podrán circular de forma regular en la Ciudad”, dijo el funcionario.
Este viernes Héctor Serrano presentó el Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, en donde se formaliza las reglamentaciones al servicio de transporte que se brinda en la capital.
“El reglamento consigna los temas que socialmente han tenido impacto y que son de interés, el tema de los Ciclotaxis, las reglamentaciones de Uber y Cabify, es un instrumento que llega a complementar, me parece de la forma exacta, la presentación de la ley de movilidad, es un documento donde procuramos preservar las condiciones que fueron presentadas de origen con los perfeccionamientos y alineamientos jurídicos necesarios”, explicó Héctor Serrano.
Comentó que los bicitaxis tendrán que cumplir con una serie de requisitos, pero es necesario para el gobierno que exista un orden y que la regulación sea medible.
“No hay ninguna posibilidad de Mototaxis, de hecho en este documento ya aparece prohibida la modalidad de Mototaxi y lo he dicho con mucha claridad, principalmente porque estos vehículos adquieren una velocidad que colocarían en riesgo a los usuarios; sin embargo, en el caso de las bicicletas si existe la posibilidad de que sean compartidas con un sistema eléctrico, para que esto sea menos pesado”, explicó.
El documento publicado este viernes señala que los bicitaxis deben contar con datos de identificación (número económico, en su caso, organización), y los demás que determine la Secretaría; placa y engomado de identificación expedido por la Semovi; someterse a la revisión documental, inspección física y mecánica del vehículo con la periodicidad que determine la Secretaría; contar con un seguro que cubra daños a terceros; contar con encierro para las unidades; y Contar con bases de servicio autorizadas por la dependencia.
En el caso de las plataformas comentó que no hay alguna variante, argumentó que “no le vamos a quitar su esencia, pero tenemos que conocer la identidad de quién conduce y las características y condiciones de los vehículos que tripulaban”, por lo que “se encuentran obligados a realizar el registro correspondiente”
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