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La jefa de gobierno, Clara Brugada, envió al Congreso de la Ciudad de México la reforma constitucional en materia de cuidados.
Esta reforma modifica el artículo 3, numeral 2, inciso A, y artículo 9 apartado B de la Constitución Política de la Ciudad de México.
En su iniciativa Brugada propone que uno de los principios de la Ciudad sea el reconocimiento del valor social y económico de los cuidados.
Asimismo, busca que el derecho humano al cuidado, que será tutelado por la Constitución, comprenda el derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado. “Es indispensable para el ejercicio de otros derechos y para la sostenibilidad de la vida de las personas y la sociedad”.
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De igual forma, establece que todos los trabajos de cuidado, incluidos los domésticos no remunerados, son esenciales para la reproducción social, generan valor económico y social, prosperidad y bienestar individual y colectivo.
”Los trabajos de cuidado deben distribuirse de manera equitativa entre los géneros y corresponsablemente entre las personas, el gobierno, el sector privado y el social. También son un deber entre las generaciones, señala la propuesta de la jefa de Gobierno.
También se establece que el Sistema de Cuidados de la Ciudad de México tendrá entre sus finalidades reconocer, redistribuir y reducir las tareas de cuidado. “Este sistema tiene también como uno de sus objetivos erradicar la división sexual del trabajo por ser un mecanismo que propicia la desigualdad entre los géneros”.
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Esta es una de las dos propuestas que prometió enviar Clara Brugada para materializar el Sistema de Cuidados de la Ciudad de México.
En la exposición de motivos, la iniciativa señala que persigue dos objetos: por una parte, establecer como un principio de la Constitución el reconocimiento del valor social y económico de los cuidados, cambio que se vería reflejado en el artículo 3 constitucional; y, por otra, reconocer el cuidar, ser cuidado y los autocuidados, como derechos humanos, con la consabida implicación de que tales derechos tendrán las características establecidas por el constituyente permanente en la reforma de 2011.
Adicionalmente, en tanto se reconoce este derecho humano, también se pretende normar a nivel constitucional la responsabilidad solidaria del gobierno, el sector privado, el sector social, la familia y las personas en general en la distribución de las labores de cuidado, que no podrán determinarse por roles de género.
LL