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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la posibilidad de que los capitalinos realicen ajustes a los salarios de los servidores públicos de la Ciudad de México.
Los ministros continuaron ayer con el análisis de las acciones de inconstitucionalidad promovidas en contra de la Carta Magna local.
El pleno reunió los ocho votos requeridos para invalidar la disposición de que los ciudadanos puedan solicitar ajustes en las remuneraciones de los servidores públicos.
Se determinó que el artículo en el que se incluyó tal facultad se presta a confusiones y es violatorio de los derechos laborales de los funcionarios de la capital del país, por lo que se eliminó del texto constitucional.
“Se le estaría dando la posibilidad de establecer un ajuste a una persona distinta, ni siquiera a una autoridad, sino a los ciudadanos, y con esto tampoco se establece si el ajuste va a ser al alza o a la baja. ¿Qué quiere decir? Que se ponen en entredicho los derechos laborales”, indicó la ministra Margarita Luna Ramos.
Además, por unanimidad, avalaron el reconocimiento del secreto profesional de los periodistas.
La Procuraduría General de la República (PGR) impugnó este reconocimiento al considerarlo discriminatorio, porque sólo se enfoca en estos profesionistas y no incluye a otros como los médicos, abogados, sicólogos, siquiatras o pedagogos que también requieren de esta protección.
El ministro ponente, Javier Laynez Potisek, explicó que es constitucional la protección al secreto profesional de los periodistas porque su inclusión en la Carta Magna no implica una exclusión al derecho que tienen otros profesionistas.
Además, los ministros indicaron que con esta protección expresa contenida en la Constitución capitalina, se reconoce la especial situación de vulnerabilidad por la que atraviesan los periodistas en el país, lo que justifica mayores protecciones a quienes se desempeñan como profesionales de la información.
“Sería imposible exigir que la Constitución capitalina enliste todo el catálogo de profesiones donde existe el secreto profesional; no es una regulación de [éste], es una condición relativa al ejercicio de la carrera de los periodistas y que esta protección reforzada, incluso derivada de recomendaciones internacionales, no es violatoria de la Constitución federal”, indicó Laynez.
Los 11 ministros avalaron la libertad de culto para los capitalinos y la legalización de las familias diversas, al considerar que esto no implica el reconocimiento legal de las relaciones polígamas, la poliandria, el incesto o el matrimonio infantil.
Además, por unanimidad anularon la facultad que se establecía para que el jefe de Gobierno emita anualmente los tabuladores de sueldo de los servidores públicos, incluyendo los de las alcaldías, porque es facultad exclusiva del Congreso local.
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