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El Congreso de la Ciudad de México despenalizó el delito de peligro de contagio.
Con 42 votos a favor y dos en contra se aprobó derogar el delito de peligro de contagio previsto en el artículo 159 del Código Penal para el Distrito Federal, y modificar los artículos 76 y 130, con el propósito de eliminar la criminalización de las personas con enfermedades de transmisión sexual.
Este delito se castiga con hasta 10 años de cárcel, pero una vez publicado en la Gaceta Oficial será eliminado.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Octavio Rivero, comentó que de continuar con leyes punitivas que se interpongan en el camino de la prevención y el tratamiento, “sólo conduciremos a la ciudadanía a seguir disuadiendo los servicios de detección y atención por temor a ser castigada, además de la carga discriminatoria social que esto conlleva”.
Este dictamen señala que la tipificación del delito de peligro de contagio es un remanente de cómo, desde lo penal, se buscaba regular la salud pública y la salud sexual.
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Además, no implica necesariamente que la víctima haya sido contagiada, sino que lo que sanciona es el hecho de vivir con VIH.
Al respecto, el diputado Temístocles Villanueva explicó que la denominación de peligro de contagio es un delito que carece del principio de taxatividad y es discriminatorio, pues constituye una barrera que impide que las personas conozcan su estatus al enfrentarse al miedo de incurrir en un posible delito.
Asimismo, destacó la importancia de encontrar un equilibrio entre la protección de la salud pública y el respeto a los derechos individuales y la protección ante los prejuicios y la discriminación.
La diputada Ana Francis López destacó que con la aprobación de este dictamen le están cumpliendo a las comunidades con VIH que pedían no ser discriminadas ni castigadas.
La eliminación de este artículo del Código Penal había sido uno de los compromisos del jefe de Gobierno, Martí Batres, para el mes de diciembre; se logró en un periodo extraordinario en enero de 2024.
EL UNIVERSAL publicó en su edición impresa que instituciones defensoras de derechos humanos urgían a la derogación de dicho artículo, porque criminalizaba y discriminaba a personas portadoras de VIH y Covid-19.
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