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phenelope.aldaz@eluniversal.com.mx
El Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó el Reglamento para el Registro de Partidos Políticos Locales.
De acuerdo con el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos, toda organización ciudadana o Agrupación Política Local (APL) que pretenda constituirse como partido político deberá formular una declaración de principios, un programa de acción y un estatuto de actividades.
También se establece que dicha intención deberá ser notificada al IECM en enero, y para entonces deberá contar con afiliados en cuando menos dos terceras partes de las alcaldías; el total de militantes no podrá ser menor a 0.26% del padrón electoral de la última elección local ordinaria inmediata.
La consejera electoral, Carolina del Ángel Cruz, destacó que la aprobación de este acuerdo representa el inicio de un nuevo proceso para la conformación de partidos, y si bien la democracia es la participación de la ciudadanía, una parte fundamental la integran las asociaciones políticas.
Para estas actividades las agrupaciones podrán utilizar un presupuesto no mayor a 30% del tope de gastos de campaña establecido para la jefatura de Gobierno de la elección inmediata anterior.
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