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A solicitud de un juzgado especializado , el Instituto Federal de Telecomunicaciones ( IFT ) modificó el acuerdo donde se establecen las tarifas de interconexión que las telefónicas deben pagar a Telcel.
En el Diario Oficial de la Federación ( DOF ), el regulador indica que el Juzgado Segundo Especializado en Competencia Económica , Radiodifusión y Telecomunicaciones señala que el documento con las tarifas de interconexión resueltas para Telcel cumplía parcialmente lo solicitado por la Corte.
En agosto pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ) resolvió que el IFT era quien debía definir las tarifas de interconexión que debían pagar las empresas que compiten con Telcel.
En noviembre, el instituto publicó las tarifas aplicables a Telcel por el servicio de interconexión de terminación en su red móvil, "al momento de resolver desacuerdos en materia de interconexión" que serían de alrededor de tres centavos.
Esto implicaba que para que a Telcel se le aplicaran las tarifas por terminación previstas, era necesario que previamente existiera la sustanciación ante el regulador de un desacuerdo en relación con dichos montos para 2018, menciona el Juzgado.
"Empero, esa circunstancia colisiona con el efecto ordenado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el fallo protector, concretamente, en la parte relativa a que la regulación asimétrica que fijara el instituto al preponderante en materia de tarifas de terminación, debía de entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2018", señaló el juez al IFT.
Respondiendo a la solicitud del Juzgado, el instituto modificó el acuerdo que contiene las tarifas de interconexión con las precisiones necesarias e indicando que "deberán pagarse de manera obligatoria por parte de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones que terminen tráfico en la red móvil de Radiomóvil Dipsa, S.A. de C.V. (Telcel) a partir del 1 de enero de 2018 por lo que las mismas deberán incorporarse en los respectivos convenios de interconexión".
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