Culiacán, Sin.- El aprobó reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución del Estado para que la sea por el voto ciudadano, a partir de las elecciones del 2027, por lo que queda prohibido el financiamiento público o privado de las campañas de los aspirantes a dichos cargos.

Los aspirantes a ocupar los cargos de elección dentro del no podrán contratar por sí o de interpósita persona espacios en radio y televisión o cualquier otro medio de comunicación para promocionar candidatos, y los partidos políticos y servidores públicos no podrán realizar actos de proselitismo en su favor.

Durante la discusión de las reformas y adiciones a la ley en esta materia, el diputado de Acción Nacional, Jorge Antonio González Flores externó que estos cambios van encaminados a someter al Poder Judicial, puesto que será el ejecutivo el que decidirá quienes serán los candidatos y candidatas que ganarán las elecciones.

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El Congreso del Estado aprobó reformas y adiciones y derogaciones a la Constitución del Estado. (18/03/2025) Foto: Oficial
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En el mismo tenor, fijó su posicionamiento la legisladora del PRI, Paola Iveth Garante Valenzuela, al subir a la tribuna desechar que el proceso de elección de los jueces y magistrados sea por la vía de las urnas.

Con las modificaciones a la constitución, desaparece el Consejo de la Judicatura del estado para vivir sus funciones en un órgano de administración de la justicia y un Tribunal de Disciplina Judicial.

Los magistrados y magistradas del Supremo Tribunal de Justicia serán electos mediante el voto directo y secreto de la ciudadanía, conforme a las bases que se establecen en la Constitución local y ,las leyes en la materia para un periodo de nueve años y podrán reelegirse.

El ejecutivo estatal postulará hasta tres aspirantes por cada cargo; el Poder Legislativo hará lo propio con el mismo número, mediante votación calificada de los dos tercios de sus integrantes presentes y el poder judicial del estado, por conducto del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia postulara a tres personas por cada cargo.

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