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Un ejemplar de oso negro, trepó a la parte alta de un árbol al interior de la UANL , lo que provocó la movilización de elementos de Protección Civil de Nuevo León .
La mañana de este lunes, un oso tuvo que ser sedado para su rescate, ya que se encontraba en la copa de un árbol al interior de la Facultad de Economía de la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL).
Unidades de Protección Civil, Parques y Vida Silvestre y de la UANL maniobraron para poder bajar al oso del árbol.
Se trataría de un ejemplar de oso negro (ursus americanus), una especie catalogada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 (Protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestre-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión o cambio-lista de especies en riesgo) como en peligro de extinción.
De acuerdo con información de las autoridades , el oso negro habita principalmente en las zonas boscosas de Nuevo León.
Es un animal fuerte e impredecible con un alto rango de desplazamiento cuyos corredores naturales en ocasiones se encuentran fraccionados por la actividad humana, propiciando que se den encuentros.
Se puede observar más presencia de osos relacionada con las altas temperaturas.
Oso negro, especie protegida
El oso negro es una especie protegida, por lo cual el ocasionarle un daño implica acciones legales:
De conformidad con el Artículo 127 de la Ley General de Vida Silvestre la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aplica sanciones administrativas que van desde los 20 días hasta los 50 mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.
De acuerdo al Artículo 182 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Profepa al tener conocimiento de actos u omisiones que puedan constituir delitos, formulara ante el Ministerio Público Federal la correspondiente denuncia penal.
Conforme al Artículo 420 del Codigo Penal Federal en materia de delitos ambientales, la autoridad competente impondrá pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días de multa y una pena adicional de hasta dos años de prisión y hasta mil días de multa adicional, cuando las conductas descritas se realicen o afecten en área natural protegida.

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rdmd
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