La (TEPJF) confirmó un acuerdo plenario del Tribunal Electoral capitalino que desechó, por extemporáneo, un recurso de recusación que buscaba que el magistrado Armando Ambriz no elaborara el proyecto para un posible recuento total de votos en la alcaldía Cuauhtémoc.

Al resolver el juicio SCM-JE-108/2024, el pleno consideró que los argumentos y pruebas aportadas por no lograron desvirtuar la presunción “de validez y certeza de lo asentado en las constancias de notificación por estrados del acuerdo de turno, mismas que se realizaron por personas actuarias del Tribunal local, quienes gozan de fe pública”.

Por lo anterior señaló que, por lo que se estableció que, tal y como se señaló en el acuerdo plenario controvertido, la respectiva fijación en estrados se realizó en un momento determinado, y, por tanto, la promoción del incidente de recusación se presentó fuera del plazo de 48 horas, establecido en la respectiva Ley Procesal local.

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Además, se resolvió que fue correcto que el Tribunal local realizara la notificación del acuerdo de turno en los estrados de dicho órgano, en virtud de que, de conformidad con las disposiciones que rigen la forma y mecanismos para la notificación de las comunicaciones procesales, no se establece la obligación de notificar ese tipo de acuerdos de manera personal.

El PRD argumentaba un presuntos conflicto de interés en este caso al señalar una cercanía entre Armando Ambriz, presidente interino del Tribunal Electoral local, y el senador Ricardo Monreal, por lo que pedían que el magistrado no participara en esta impugnación a la elección, pues su hija Caty Monreal está involucrada.

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jf

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