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La Suprema Corte de Justicia determinó que a las obras creadas con Inteligencia Artificial (IA) no se les puede registrar derechos de autor, pues este es un “derecho humano exclusivo de las personas físicas”.
“Esta resolución sienta un precedente legal sobre IA y propiedad intelectual en México (...). La creatividad protegida por la ley es exclusivamente humana”, informó Indautor en sus redes sociales.
La Suprema Corte de Justicia llegó a esta conclusión en un juicio de amparo, luego que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) se negara a registrar la obra digital “Avatar Virtual”, generada a través de una plataforma de inteligencia artificial denominada Leonardo. El interesado primero impugnó la decisión ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, bajo el argumento que “la obra de IA era registrable” y ante una segunda negativa, se amparó “argumentando que la resolución violaba sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica y no discriminación”.
El amparo se negó porque el derecho de autor es un “derecho humano vinculado a la creatividad exclusivamente humana”, “obras generadas de manera autónoma por inteligencia artificial no cumplen con los requisitos de originalidad”, “obras creadas exclusivamente por sistemas de inteligencia artificial no son registrables”, “la protección a entes artificiales no puede analizarse bajo la premisa del derecho humano a la igualdad jurídica” y la negativa no interfiere con medidas establecidas en tratados internacionales.
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