A tres meses de que comience la temporada de declaración de impuestos correspondiente al ejercicio 2025, el Servicio de Administración Tributaria (), lanzó un simulador para que las empresas puedan irse preparando para cumplir con esta obligación fiscal en marzo del próximo año.

El simulador está disponible a partir de este lunes 1 de diciembre para personas morales que tributen en el Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza ().

Mediante esa herramienta, los contribuyentes de dichos esquemas tributarios podrán visualizar la información presentada a lo largo del ejercicio 2025.

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Destacó que con ello, el brazo fiscal de la Secretaría de Hacienda, continúa con la implementación de herramientas para facilitar a las y los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

Al mismo tiempo para fortalecer la recaudación de ingresos, a la economía mexicana y el bienestar de la población, ponderó en un comunicado.

Nuevo simulador: así podrás usarlo

El SAT desglosó la información que contiene la nueva plataforma para la declaración anual para empresas y el Resico.

Podrán ver los pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio.

También la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas conocida como PTU pagada en 2025.

Además, las retenciones efectivamente pagadas, es decir el impuesto sobre la renta (ISR) por sueldos y salarios de sus trabajadores, que incluye los asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO.

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De igual manera los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) de devoluciones, descuentos y bonificaciones.

El remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

Sin embargo, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado en la declaración que aparece en el simulador, el SAT indicó que se deben presentar declaraciones complementarias.

Y cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago.

Pero, si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en verse reflejado, señaló.

¿Cuándo se debe presentar?

Sobre las fechas de cumplimiento de la declaración, el órgano recaudador de impuestos recordó que las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación, tienen hasta el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación.

En tanto que las personas morales sin fines de lucro, pueden hacerla antes del 16 de febrero de 2026.

Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del (ISR) y el Resico, la fecha límite es el 31 de marzo de 2026.

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¿Qué se necesita?

El SAT mencionó que para enviar la declaración por internet es necesario contar con e.firma y con un servicio de banca electrónica para el pago de los impuestos que resulten a cargo o para recibir la devolución si fuera el caso.

Se debe hacer el pago mediante transferencia electrónica, a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales, enfatizó.

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desa/mgm

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