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La Asociación Mexicana de Agentes Navieros (Amanac) rechazó que el gobierno municipal de Ensenada, Baja California, encabezado por el alcalde de Morena, Armando Ayala Robles, imponga un cobro de 5 dólares adicionales a los impuestos federales ya estipulados para el caso de los contenedores de carga.
“Se solicita atentamente, que a fin de evitar afectaciones irreversibles al sector marítimo portuario y de comercio exterior, su atento apoyo a fin de no aprobar la iniciativa enviada por el Alcalde del Municipio de Ensenada a ese Congreso”, señaló en una carta la Amanac enviada a la diputada, Julia Andrea González Quiroz, presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto del Congreso del Estado de Baja California.
La asociación apunta que se pretende imponer un impuesto de 5 dólares por cada contenedor que utilice las vías Municipales para el mejoramiento de las calles, debido a que, en el tramo de la Ciudad a la zona El Sauzal, salen alrededor de 250 mil contenedores por año, algunos con más de 70 toneladas de peso.
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La asociación de navieras considera que dicho impuesto trae aparejado sobrerregulación ya que conforme a lo establecido en el artículo 49 fracción IV de la Ley Federal de Derechos en relación con el artículo 106 fracción V inciso a) de la Ley Aduanera, ya se realiza el pago de un impuesto por la importación temporal de contenedores.
Pide la Amanac que, en aras de evitar incurrir en doble tributación, se hace la atenta solicitud de realizar un estudio y análisis sobre el referido tema y su impacto.
“De lo contrario, se afectaría la economía y desarrollo del sector, máxime que en dicho lugar se encuentra establecido una zona económica y de intercambio comercial importante como es el puerto de Ensenada”, añade.
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Añade que este cobro va en contra de lo establecido en el artículo 44 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial que es de observancia obligatoria para los Estados y Municipios.
Asegura la Amanac que este artículo establece que “Los instrumentos de control expedidos para la operación de servicios de autotransporte federal y sus servicios auxiliares, incluyen la cobertura en vías de jurisdicción estatal y municipal, por lo que las entidades federativas, municipios y demarcaciones de la Ciudad de México no podrán sobre regularlos, ni gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su demarcación territorial, así como tampoco podrán prohibir la entrada o salida a su territorio de ninguna mercancía nacional o extranjera.”
Diversas agrupaciones de transportistas han señalado que los municipios quieren sobre regular a esta actividad de carga, lo cual afecta la competitividad del país.
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