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La nueva Bolsa Institucional de Valores (Biva) se sujetará al mismo régimen fiscal que se aplica actualmente al sector bursátil, informó Hacienda.
Esto significa que los intermediarios que participen en la venta de acciones a través de la nueva bolsa deberán retener 10% del impuesto sobre la renta (ISR) sobre el ingreso obtenido, sin posibilidad de deducción, y atenerse a las consecuencias por el incumplimiento.
Según la resolución miscelánea fiscal que emitió ayer la SHCP, Biva es una bolsa de valores concesionada para los efectos de las leyes del ISR y del Código Fiscal de la Federación.
Según la regla 3.5.25. de la resolución miscelánea 2018, la Biva se deberá sujetar a lo que se establece en los artículos 56, 126 y 166 de la Ley del ISR, en los que se hace mención a la enajenación de acciones a través de la Bolsa Mexicana de Valores concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores.
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