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Las nuevas reglas para el amparo otorgado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación a las cuatro personas que podrán consumir marihuana con fines lúdicos estarán en manos de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, a cargo de Mikel Arriola.
¿Cómo van a operar?
La Corte debe notificar del amparo a las autoridades federales, concretamente a la Secretaría de Salud.
Posteriormente, las cuatro personas que tienen el amparo tienen que solicitar a la Cofepris el permiso para el consumo, nos dicen.
En caso de que el documento judicial no determine los límites de espacio y de consumo, el comisionado Arriola debe colocar los “rangos aceptables” para dar cumplimiento a la sentencia, nos dicen.
Desde luego, la semilla no se puede obtener en la clandestinidad. Y las autoridades tendrán que ejercer la facultad de regulación.
La propia Cofepris está en posibilidades de conceder más permisos, en la medida que los ciudadanos obtengan el amparo del Poder Judicial, nos hacen ver.
“En el camino del amparo, si los tribunales siguen considerando que es inconstitucional (la prohibición de consumir marihuana), se van a repetir las sentencias y el Ejecutivo acatará lo que diga la Suprema Corte.
Esa será la vía de cumplimiento en tanto no se modifique el marco legal”, explicó Arriola en entrevista con esta casa editorial.
En términos muy prácticos, estos son los pasos a seguir para los que tengan el amparo concedido por SCJN y los que otorguen los integrantes del Poder Judicial, nos detallan.
“La Cofepris no será obstáculo para la emisión de los permisos para consumo personal de marihuana ni pondrá candados a la regulación sanitaria. No iremos más allá ni estaremos por debajo del mandato de la Suprema Corte”, ha enfatizado Arriola.
¿Quedó claro el ABC del consumo de marihuana con fines lúdicos?
cg
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