La presidenta propuso obligar a las plataformas de servicios digitales a que otorguen acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros.

En el dictamen que discutirá hoy el pleno de la , establece en el artículo 30-B, que dicha disposición se aplicará a las plataformas de streaming, clubes en línea, páginas de citas, de enseñanza a distancia, de test o ejercicios, y de intermediación entre terceros.

También se especifica que en caso de incumplimiento, se bloqueará temporalmente el acceso a la plataforma del prestador de los servicios digitales.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) será el encargado de establecer las características o especificaciones de los registros y sistemas de cómputo, mediante reglas de carácter general, a efecto de facilitar a los prestadores de servicios digitales la aplicación de la norma.

Y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones administrará los rubros en materia informática y de tecnologías de la información para la gestión tecnológica, o para el análisis de datos.

"Se requiere un marco que permita a las autoridades fiscales obtener la información suficiente para verificar el cumplimiento de cualquier tipo de obligación de los participantes del sector dentro de la economía nacional, dado que los modelos de negocio de economía digital no solo tienen impacto en el ámbito fiscal y aduanero, sino también económico o tecnológico", refiere el documento.

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