La recibió dos iniciativas presidenciales para fortalecer la recaudación en México y coadyuvar a erradicar el en el país.

La primera reforma plantea reformar diversas fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, a fin de establecer aranceles a la importación de diversas mercancías de las industrias automotriz, textil, vestido, plástico, siderúrgico, electrodomésticos, aluminio, juguetes, muebles, calzado, marroquinería, papel y cartón, motocicletas, remolques y vidrio, entre otras.

“Debido a las políticas internacionales existentes a nivel mundial, resulta necesario implementar acciones concretas que permitan una interacción equilibrada del mercado para evitar distorsiones económicas que puedan afectar la relocalización de los sectores productivos considerados estratégicos para el país”, refiere el proyecto.

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Los aranceles propuestos van del 10, 25, 35 y hasta 50%. Entre los artículos que tienen 10% están los quemadores de aluminio, y entre los que tiene 50% están mercancías con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso.

La iniciativa establece que las modificaciones arancelarias entrarán en vigor a los 30 días naturales, posteriores al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y concluirá su vigencia el 31 de diciembre de 2026.

La segunda iniciativa, plantea reformar diversas disposiciones de la Ley Aduanera, entre otras cosas, dar más facultades a la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) relacionadas con la inspección, fiscalización, recaudación y vigilancia de las operaciones de comercio exterior.

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“Uno de los ejes de del actual gobierno es combatir la evasión y elusión fiscal y, con ello, el aumento en la recaudación federal, incrementando los ingresos públicos que refuerzan la sostenibilidad financiera del país, pero sin la necesidad de aumentar ni crear nuevas contribuciones y otras cargas fiscales para la ciudadanía”, se detalla en la propuesta.

Asimismo, plantea la creación de Consejo Aduanero, que será un órgano deliberativo facultado para autorizar o rechazar el otorgamiento de la patente de agente aduanal y de la autorización para agencia aduanal, además de los procedimientos de Inhabilitación, suspensión, cancelación o extinción, “a fin de restaurar la confianza en las instituciones y garantizar que los procedimientos se realicen de forma justa, asegurando su apertura y accesibilidad”.

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em/bmc

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