
Mario Aburto Martínez, asesino confeso del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, impugnó ante un Tribunal Colegiado la sentencia que le negó el amparo contra la determinación de la FGR de no ejercer acción penal por tortura durante su detención en marzo de 1994.
El Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito admitió a trámite el recurso de revisión que el michoacano interpuso a finales de junio, luego de que se le notificó la negativa de amparo al interior del Centro Federal de Readaptación Social número 12, en Ocampo, Guanajuato, donde se encuentra preso.
En junio pasado, Paloma Xiomara González González, jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, le negó la protección de la justicia a Aburto Martínez contra la decisión de la FGR de no perseguir penalmente a los servidores públicos que presuntamente lo torturaron, tras ser detenido por el homicidio calificado de Colosio Murrieta, en marzo de 1994, en Tijuana, Baja California.
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La jueza rechazó amparar a Aburto Martínez, al considerar que los alegatos manifestados en el juicio de amparo son nuevos y tuvo la oportunidad de manifestarlos en el recurso de inconformidad que presentó ante la decisión de la FGR.
En su escrito, Aburto Martínez señaló que la decisión de la FGR vulneró su derecho de acceso a la justicia y la verdad, así como de contar con una asesoría jurídica técnica y material en la investigación de los delitos denunciados.
“Que el agente del Ministerio Público no garantizó sus derechos para coadyuvar en la investigación inicial respecto a la integración de la investigación pues existió nula”.
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Y que “existió vulneración a su derecho a contar con una asesoría jurídica técnica y material en la investigación de los delitos denunciados, por lo que la supervisión jerárquica pudo llegar a tornarse ilusoria pues no existió un contrapeso que, en su representación, estudiara la imparcialidad y objetividad con la que se determinó el acto reclamado, ya que no recibió asesoría técnica y jurídica, sino que solo se cumplió como un mero requisito formal”.
Sin embargo, la jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, Paloma Xiomara González González, determinó “inoperantes por novedosos” los argumentos del michoacano, ya que a través de ellos “se introducen cuestiones que no fueron vertidas en el recurso de inconformidad correspondiente”.
Debido a que no se acreditaron los elementos del tipo penal en cuestión, la FGR determinó no judicializar el caso por tortura contra Aburto Martínez, en noviembre de 2023.
En dicho mes y año, Mario Aburto, a través de su defensa, expresó su inconformidad con la resolución de la Fiscalía Especial en Investigación del Delito de Tortura, en la que no incluyó argumentos que sí puso en el juicio de amparo que le fue negado.
kicp/apr
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