Estos son los 13 trámites para la construcción de vivienda social y asequible que se facilitarán en CDMX

Publican acuerdo en Gaceta Oficial con plazos más cortos y facilidades administrativas para impulsar la construcción de vivienda pública, popular y asequible en la capital

Vivienda social CDMX. Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
Vivienda social CDMX. Foto: Archivo/EL UNIVERSAL
Metrópoli | 05-08-25 | 11:04 | Actualizada | 05-08-25 | 11:04 |

El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Jefatura de Gobierno, publicó el acuerdo por el que se establecen facilidades administrativas y reducción de trámites relacionadas con la producción de vivienda social, pública y asequible.

En el documento, que fue publicado en una edición Bis de la Gaceta Oficial, en enlistan 13 trámites que tendrán facilidades o reducirán sus tiempos y que corresponden a distintas dependencias del Gobierno.

Se trata de los proyectos impulsados o financiados por la Secretaría de Vivienda y el Instituto de Vivienda de la CDMX.

En primer lugar, se explica que la opinión de valor que emite la Secretaría de Administración y Finanzas deberá expedirse dentro de los 20 días hábiles siguientes a que cuente con la documentación debidamente integrada.

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Los tiempos de respuesta para elaborar el registro de los estudios de riesgo de obra -que corresponde a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil (SGIRPC)- se reducirán de 10 a 5 días hábiles.

El trámite de factibilidad de servicios que corresponde a la Secretaría de Gestión Integral del Agua (Segiagua), será emitido en un plazo perentorio de 10 días hábiles una vez solicitado.

En el documento también se establece que la la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) brindará las facilidades administrativas para la Evaluación de Impacto Ambiental, siempre y cuando el predio en el que se pretenda llevar a cabo el proyecto no colinde o se encuentre dentro de Áreas de Valor Ambiental, Áreas Naturales Protegidas o Suelo de Conservación; y cuando no exista arbolado al interior o exterior del predio en que se pretende llevar a cabo el proyecto; o bien, como parte del proyecto, se incorpore el arbolado existente al interior y/o exterior del predio.

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En caso de que en el proyecto se pretenda la afectación de arbolado al interior o exterior del predio, la Secretaría del Medio Ambiente instalará, en coordinación con la Secretaría de Vivienda y el Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, mesas de trabajo para determinar la viabilidad ambiental, lo cual deberá realizarse dentro de los 15 días naturales siguientes a la solicitud.

Asimismo, respecto a los trámites que corresponden a la Secretaría de Planeación, Ordenamiento Territorial y Coordinación Metropolitana (Metrópolis) se brindarán facilidades administrativas para que los trámites de aclaración de nomenclatura y Certificado Único de Zonificación con norma 26, se emitan a más tardar en 5 días hábiles posteriores de que sean solicitados.

A su vez, las opiniones de desincorporación y de expropiación se emitiarán a más tardar en 10 días hábiles posteriores de que sean solicitados; y el levantamiento topográfico, las licencias de fusión y licencias de subdivisión se podrán obtener a más tardar a los 30 días hábiles posteriores de que sean solicitados, en el entendido de que no perderán su vigencia hasta que termine el trámite de construcción.

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Y, la emisión de la Constancia de Alineamiento y Número Oficial para aquellos inmuebles que estén en proceso de adquisición cuyo objeto sea la producción de vivienda social, popular y asequible sea emitido a más tardar a los 10 días posteriores de ser solicitados.

Respecto a los trámites que corresponden a la Consejería Jurídica y de Servicios Legales se establece que la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la CDMX, ordenará la calificación de los trámites que se presenten, en un plazo no mayor de 20 días naturales.

Las búsquedas de antecedentes registrales, así como el Certificado de Libertad de Existencia o Inexistencia de Gravámenes, Limitaciones de Dominio y Anotaciones Preventivas Único y las Constancias de Folio Real, quedan exentos de los pagos de derechos. Dichas solicitudes deberán responderse en un plazo no mayor de 10 días naturales, salvo las búsquedas exhaustivas.

Asimismo, el Instituto para la Seguridad de las Construcciones emitirá y validará a más tardar en 15 días hábiles después de solicitados, los dictámenes, documentos y estudios en el ámbito de sus atribuciones; los dictámenes oculares estructurales de edificios existentes se emitirána más tardar en 15 días hábiles contados después de haber sido solicitados; además, registrará los Proyectos Estructurales para Obra Nueva o para Rehabilitación, emitiendo la "Constancia de Registro de la Revisión por parte del Corresponsable en Seguridad Estructural del Proyecto Estructural" a más tardar en 20 días hábiles contados a partir de la recepción del proyecto, que cumpla con los requisitos establecidos.

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