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A partir de este sábado, entro en vigor la nueva tarifa del transporte público colectivo, que implica el incremento de 1.50 pesos que el Gobierno de la Ciudad de México otorgó a operadores de vagonetas, camiones y microbuses.
Nueva tarifa al transporte público
La tarifa a partir de hoy se actualizó y pasó de 6 pesos a 7.50 el mínimo, después que el Gobierno de la Ciudad de México publicó el acuerdo en una edición de la Gaceta Bis este viernes 31 de octubre. Esto a raíz del acuerdo y encontró al que llegaron autoridades del Gobierno de la Ciudad con 17 líderes de agrupaciones del transporte en la capital.
En el documento oficial, la jefatura de gobierno publicó el “Acuerdo por el que se da a conocer la actualización de la tarifa aplicable al Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo en la Ciudad de México”, además de la nueva tarifa, se indica los compromisos y requisitos que deberán cumplir operadores del transporte.
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En el documento, informa que “Se autoriza la actualización de las tarifas aplicables al Servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo de Ruta y Corredor, en un máximo de $1.50 (Un peso 50/100 NM).
Indica que el servicio nocturno se considera a partir de las 23:00 horas y hasta las 6:00 horas del día siguiente, por lo que el monto de la tarifa será del 20% adicional a las señaladas, en función del servicio que se trate.
Además, los concesionarios y permisionarios deberán exhibir permanentemente en lugar visible de sus vehículos, terminales y bases, la tarifa autorizada, ya que sin dicho requisito la actualización de la tarifa no surtirá efecto alguno.
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Destaca que la Secretaría de Movilidad y el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México, coordinarán las medidas necesarias para la correcta implementación tanto de la tarifa como de los requisitos que deberán acatar operadores y concesionarios.
¿Qué deberán cumplir operadores?
El Gobierno de la Ciudad estipuló en la Gaceta Oficial Bis que tanto concesionarios como permisionarios, deberán cumplir con las siguientes acciones mínimas necesarias de aplicación “inmediata”, a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, las cuales serán de carácter permanente, por lo que todo transportista deberá:
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I. Seguridad
a. Portar licencia de conducir tipo "C" vigente y visible;
b. Retiro de vidrios polarizados;
c. Contar con seguro de responsabilidad civil vigente para la unidad en operación, en términos de la Ley de Movilidad y demás normativa vigente en la Ciudad de México;
d. Contar con los rótulos de número de placa en la cromática de la unidad.
II. Calidad en el servicio
a. Portación de uniforme por parte de los conductores, consistente en pantalón oscuro y camisa blanca; b. Limpieza constante del interior de las unidades.
III. Mantenimiento
a. Acudir al mantenimiento de los dispositivos de seguridad, como cámaras, botones de auxilio y GPS, además de garantizar su debida operación;
b. Llevar a cabo las medidas de mantenimiento básicas para garantizar la seguridad en la prestación del servicio (luces, puertas, pasamanerías, llantas y frenos).
IV. Capacitación
a. Reforzamiento de la capacitación para los conductores del servicio.
Ademas, expone que la Secretaría de Movilidad y el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas atribuciones, realizarán las acciones de supervisión, vigilancia y verificación administrativa (según corresponda), a efecto de comprobar el cumplimiento de lo estipulado en el presente instrumento.
¿Cuál será el costo del pasaje en la Ciudad de México?
Estas son las nuevas tarifas.
Microbuses y vagonetas: primeros 5 kilómetros 7.50 pesos; de 5 a 12 kilómetros,8 pesos; más de 12 kilómetros, 9 pesos.
Autobuses
Primeros 12 kilómetros, 8.50 pesos
Más de 12 kilómetros, 9 pesos.
Corredores, 9.50 pesos
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