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De 2021 a octubre de 2025, la multa de tránsito que más han impuesto policías capitalinos a conductores de transportes de carga con material peligroso o sustancias tóxicas ha sido por circular en carriles centrales y segundos niveles de vías de acceso controlado, de acuerdo con información de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).
De las 44 mil 421 infracciones al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, aplicadas a este tipo de operadores, del 1 de enero de 2021 al 13 de octubre de 2025, 31 mil 946 sanciones fueron por circular por carriles centrales y segundos niveles, lo cual está sancionado por el artículo 26.
EL UNIVERSAL solicitó a la SSC informar cuántas multas a operadores de transporte de carga de sustancias peligrosas en dicho lapso se han aplicado.
La segunda infracción que más se ha impuesto a choferes es la que tiene que ver con el artículo 44, en su fracción V, que establece que los conductores deben manejar con licencia vigente correspondiente al tipo de vehículo y contar con el permiso o concesión correspondiente.
La cifra de infracciones al artículo 44 del Reglamento de Tránsito capitalino es de 6 mil 248 en el lapso mencionado.
La tercera infracción con más multas entre los conductores de transportes de carga con material peligroso o sustancias tóxicas es por lo marcado en el artículo 25 del Reglamento de Tránsito, que establece que estos vehículos deben circular en las vías y horarios establecidos mediante aviso de la Secretaría de Seguridad, por el carril de la extrema derecha y usar el izquierdo sólo para rebasar o dar vuelta a la izquierda y realizar maniobras de carga y descarga en lugares seguros, sin afectar o interrumpir el tránsito vehicular.
El total de infracciones por estas disposiciones es de 4 mil 980 casos en el mencionado periodo.
La cuarta infracción es la que tiene que ver con lo establecido en el artículo 40, que en su fracción V dice que los vehículos deben portar bandas reflejantes de color blanco y rojo en los costados laterales y posterior y bandas reflejantes amarillas en la parte frontal, que cuando se trate de un vehículo con doble remolque, deberá contar con leyendas de advertencia “precaución doble semirremolque”, y salvaguardas laterales. Las multas son mil 106.
La quinta violación al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México que más cometen los conductores de estos transportes es por lo establecido en el artículo 28, que prohíbe estacionarse en la vía pública o en la proximidad de fuente de riesgo, independientemente de la observancia de las condiciones y restricciones impuestas por las autoridades federales en materia ambiental y de transporte, así como realizar maniobras de carga y descarga en lugares no destinados para tal fin. El total de infracciones levantadas en el mencionado periodo es de 101.
La sexta razón por la que transportistas son sancionados es por lo establecido en el artículo 27, que señala que los conductores deben sujetarse estrictamente a circular por las rutas, horarios y los itinerarios de carga y descarga autorizados y dados a conocer por la Secretaría de Seguridad Pública y abstenerse de realizar paradas que no estén señaladas en la operación del servicio. La cifra de infracciones es de 26.
Tras la explosión de una pipa que transportaba gas LP y explotó en el Puente de La Concordia, Iztapalapa, el pasado 10 de septiembre, que dejó un saldo de 32 personas fallecidas y 52 heridos, las autoridades capitalinas anunciaron reformas al Reglamento de Tránsito para los transportes de carga con sustancias peligrosas y tóxicas para tener medidas preventivas como es la reducción de velocidad.
Las medidas entraron en vigor el viernes 10 de octubre, pero el 16 del mismo mes, el jefe de la policía capitalina, Pablo Vázquez, informó que todavía no se aplican, pues se está capacitando al personal.
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