El aprobó, por unanimidad, un dictamen para tipificar y castigar con las lesiones causadas por razones de género a mujeres o integrantes de la comunidad LGBTTTIQ.

El dictamen, que nació de una iniciativa enviada por la jefa de Gobierno, , modifica el Código Penal local para considerar que existen razones de género cuando exista o haya existido, entre el activo y la víctima, una relación de matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, pareja de hecho, cohabitación, noviazgo o cualquier otra relación de carácter afectivo o sexual.

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Asimismo, serán razones de género cuando existan antecedentes o datos que establezcan que el sujeto activo ha cometido amenazas, acoso o cualquier otro tipo de violencia en contra de la víctima en su ámbito familiar, laboral, escolar o comunitario; cuando la lesión se acompañe con expresiones de odio, humillación o desprecio; o cuando se acompañen de afectaciones a elementos de la apariencia o pertenencias de la víctima asociadas a su identidad de género.

De igual forma, se castigarán las lesiones que tengan el efecto sobre la víctima de menoscabar su autonomía o anular su orientación, expresión o identidad de género; cuando las lesiones se realicen en presencia de los hijos menores de edad de la víctima; cuando sean de carácter infamante o degradante; o cuando hayan sido cometidas en el contexto del trabajo sexual.

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