El pasado 28 de agosto, se anunció que la resolvió que las obras hechas con Inteligencia Artificial no pueden ser registradas con Derechos de Autor, decisión que sienta un precedente en México sobre la manera en la que se regula esta tecnología, que se desarrolla y sofistica en tiempo real y que tiene al mundo debatiendo cómo actuar ante ella.

Sin embargo, esta resolución genera dudas y tiene sus limitantes, señalan expertos en Propiedad Intelectual.

Todo comenzó cuando el Instituto Nacional de Derechos de Autor (Indautor) se negó a registrar una obra que una persona hizo con Leonardo, un generador de imágenes y video con IA. Ante la negativa, esta persona “promueve un juicio de nulidad porque buscaba anular la resolución de Indautor”, detalla Adrián García, profesor de la Escuela Libre de Derecho y miembro de la iniciativa “Inteligencia Artificial y Derecho”.

En este juicio de nulidad, que tampoco prosperó, se argumentó que “sólo una persona física puede ser considerado autor de la obra y ésta debe contar con el requisito de originalidad de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) –como que la creación no debe estar basada en obras preexistentes–, que es la impronta de la persona expresa al momento de crear la obra”.

Con esta segunda negativa, la persona interesada se amparó y el tema fue atraído por la Suprema Corte, donde por unanimidad de votos se negó el amparo y confirmó la resolución previa con argumentos como que el derecho de autor es un derecho humano exclusivo de personas físicas; “la protección a entes artificiales no puede analizarse bajo la premisa del derecho humano a la igualdad jurídica” y “las obras creadas exclusivamente por sistemas de inteligencia artificial no son registrable”.

Esta resolución fue recibida de forma positiva por expertos en Propiedad Intelectual.

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“Yo lo veo correcto porque lo que hacen los sistemas de Inteligencia Artificial pues es recibir nada más una instrucción y ya todo lo hacen los algoritmos, los sistemas, y ya”, comenta Luis Cacho, abogado y profesor de Propiedad Intelectual en el Claustro de Sor Juana.

El también experto en derecho cultural celebra que con esto se respeta la LFDA.

“La ley es muy clara, el creador solamente es una persona física, entonces es que incluso llamarles autores a aquellos creadores que lograron su creación a través de una herramienta de inteligencia artificial, pues sí es problemático”, comenta García.

Pero aun con los argumentos, no todo está claro.

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Cuestionamientos

Se indica que las obras que sean hechas “exclusivamente” con IA no podrán registrarse, pero ¿cómo medir la exclusividad si una persona redactó las indicaciones para su creación? Ya sea que se trate de una instalación de arte, un cortometraje, una canción, una historia. ¿No podrá registrarse en su totalidad por tener parte hechas “exclusivamente” con IA?, ¿o esos fragmentos quedarán fuera del registro?

Ante estas preguntas, Luis Cacho explica que es necesario revisar la tesis de la resolución, que tendría que publicarse en el Semanario Judicial de la Federación. “Ahí viene cómo lo resolvió exactamente la Corte y cómo se debe aplicar o cómo se debe tomar en cuenta por las autoridades judiciales”, indica Cacho. Pero hasta el cierre de esta edición, los detalles faltantes no se han hecho públicos.

“Lo que se puede derivar es que si interviene la Inteligencia Artificial, pues ya no es creación de un humano, y ya no se cubre. Considero que va a ser cualquier porcentaje que implique”, es la lectura que da el abogado a lo publicado en comunicado de prensa de Indautor.

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Por su parte, el abogado Adrián García interpreta esto como que todavía no está determinado, pero reconoce que la tendencia es “si lo crea la IA no se pueden atribuir derechos de exclusividad”:

“No puede haber un pronunciamiento así de categórico porque no todos los casos son iguales. (...) Pero el debate sigue abierto a nivel internacional sobre qué tanto se puede equilibrar el nivel de participación del humano y de la herramienta. Va para un debate largo porque no todos los casos son iguales. Incluso podría haber casos donde se establece que la obra sí se protege, pero tal vez las partes creadas con IA no estén comprendidas en la materia protegida por el Derecho de Autor”.

Ni blanco ni negro

Algunos artistas que hacen uso de la IA no se sienten preocupados por no poder registrar sus obras con Derechos de Autor, pues se saben respaldados por el “derecho natural”.

Los creadores cuestionan que se afirme que no hay originalidad en su obra por hacer uso de esta herramienta tecnológica. “Pienso en mi obra y eso no tiene sentido porque mi obra es colaborativa con IA, no es que la esté generando”, comenta Vicente Quesada, artista plástico que ha presentado su obras con IA en ferias de arte como Salón ACME.

“Es importante por parte de las autoridades investigar un poco cómo funciona el proceso (…). Yo solicité a la máquina, la cual aprendió a interpretar esos patrones con obras serias ya existentes, pero aquí ella me está dando o el resultado es una obra totalmente original. Creo que hay un importante factor humano, creo que definitivamente la idea viene de una persona, de un autor”, comenta JCL Aragón, cineasta que realiza cortos con IA.

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Por eso, los creadores piden a las autoridades continuar debatiendo, teniendo en consideración los matices que presenta el tema.

“No hay blanco y negro, estas cosas se tienen que hablar con detalle y es una equivocación, ya sea de la Suprema Corte o nosotros reportando sobre la situación, simplificar. La pregunta es ¿debemos de reglamentar que esto debe de ser ilegal? La respuesta es no. Debemos proteger a los autores, pero también darles las libertades de elegir en qué entornos funciona (la IA)”, dice Rafael Lozano Hemmer, artista que desde hace 30 años usa IA para su arte.

El artista que ha presentado sus instalaciones en espacios como el MUAC, la feria ARCO y el Museo de Arte Moderno de San Francisco señala que el hecho de usar IA no significa “que yo no tenga algo bueno que decir” y apunta que la resistencia a esta tecnología —que no considera como herramienta, sino un tipo de lenguaje— se debe a otro problema de Derechos de Autor:

“Estamos también ante el robo de derechos de autor más grande de la historia de la humanidad. Nuestro trabajo como artistas, poetas, músicos, ha sido robado, porque esa es la palabra correcta, por grandes sistemas de Inteligencia Artificial que son controlados por oligarcas, que ahora está lucrando con el trabajo de todos los artistas. La Inteligencia Artificial corporativa es la que tiene como vocación que la gente borre la mano de obra”.

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“Cuando haces un prompt (instrucciones para la IA) tienes toda una experiencia y toda una investigación de muchos años para tú poder llegar al resultado final. Lo que argumenta la Suprema Corte, a mi entender, es que como alguien no lo hizo con sus propias manos o no encuadró la foto físicamente ya no es válido y ahí es donde yo no estoy tan de acuerdo. Yo creo que se debe investigar más. Mi sentir es que es muy pronto, se van a generar mil debates y va a tener que ir evolucionando todos los días porque esto avanza muy rápido”, añade Juan Carlos Beltrán, fotógrafo sinaloense con 10 años de trayectoria.

Ante el debate, Adrián García explica que en el campo se propone generar una nueva figura jurídica para la IA, una distinta a la de Derechos de Autor.

“Eso es algo que se ha tratado en el seno de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y de esa manera pues modificar y ajustar, como se hizo en su momento con los programas de cómputo, que son protegidos por derechos de autor, pero tienen unas excepciones muy particulares”.

JCL Aragón piensa que la sociedad está en un punto de inflexión y “lo ideal sería que la ley vaya evolucionando para que no nos quedamos rezagados”, concluye.

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